Reglamento de Certificación

REGLAMENTO DE CERTIFICACION DE ESPECIALISTAS EN MEDICINA FAMILIAR Y GENERAL



1- Para acceder a la certificación, el solicitante deberá acreditar su condición de médico, con título habilitante, matrícula nacional y/o provincial, y estar comprendido en alguna de las 3 categorías descriptas en el punto 7 de este reglamento.

2- Serán certificados como especialistas en Medicina Familiar y General, aquellos profesionales médicos que hayan aprobado el examen de certificación elaborado por el Consejo de Certificación de la FAMFYG.

3- Los miembros del Consejo de Certificación que estén en funciones durante el período de entrada en vigencia de este reglamento serán certificados luego que cesen en sus funciones.

4- A partir de la existencia de profesionales certificados en la especialidad en el país, será condición estar certificado para ser miembro del Consejo de Certificación.

5- El certificado de especialista en MF y G exigirá recertificarse cada 5 años.

6- Tanto el derecho a dar examen de certificación, como la recertificación, tendrán un arancel establecido anualmente por la Comisión Directiva de la FAMFYG.

7- Se establecen 3 categorías de aspirantes al examen de certificación. Cada una de ellas tendrá distintas condiciones para acceder al examen

•  Residencia completa de Medicina Familiar y General acreditada por FAMFyG: crédito completo . Aquellos candidatos con más de tres años de egresados de la misma. deberán acreditar práctica asistencial en la especialidad durante el último año.

•  Residencia de Medicina Familiar y General no acreditada por la FAMFyG : debe reunir cien créditos. Aquellos candidatos con más de tres años de egresados de la misma. deberán acreditar práctica asistencial en la especialidad durante el último año.

•  Sin Residencia completa de Medicina Familiar y General : deben demostrar en los últimos 3 años actividad asistencial en un Servicio o Sistema de Medicina General (v.g. PAMI), y reunir trescientos créditos.

8- Los créditos pueden lograrse a través de distintas actividades de Educación Médica Continua, cuyo detalle se presenta en el anexo de esta reglamentación.

9- La FAMFYG, difundirá públicamente, las fechas de presentación de antecedentes y de examen de certificación.

10- El mecanismo de examen consistirá en una instancia escrita eliminatoria y otra oral. El examen escrito consistirá en 150 preguntas de opción múltiple con la modalidad de manejo de problemas, destinado a evaluar conocimientos. La instancia oral consistirá en una variante del examen clínico objetivo y estructurado, destinado a evaluar actitudes y destrezas.

11- La aprobación del examen escrito será cumplida con el 70% de las respuestas correctas. La aprobación de la instancia oral se realizará de acuerdo a criterios pre-establecidos por el Concejo de Certificación y dados a conocer a los candidatos previamente. Alcanzarán esta instancia sólo quienes hayan aprobado la anterior.

12- Los profesionales que hubieran aprobado la instancia escrita pero desaprobado la oral, podrán presentarse directamente a esta última instancia durante un lapso de 14 meses posteriores en una sola oportunidad.

13- Los profesionales que hayan aprobado, recibirán su título de especialistas en Medicina Familiar y General en ceremonia pública.

14- Los candidatos que hayan reprobado el examen, tendrán derecho a conocer los puntajes obtenidos y el promedio global, pero no podrán apelar el dictamen del Consejo de Certificación..

15- Quedarán exceptuados a rendir el examen de especialidad los Médicos Generales y de Familia que al día 31 de diciembre del 2002 hubieran sido certificados y/o recertificados en los últimos 5 años por entidad reconocida a través de un proceso llevado adelante por o con participación directa de una sociedad titular de la FAMFyG. Esta excepción regirá por única vez, por lo que a partir de 1 de enero de 2003, cualquier Médico Generalista que desee obtener el Certificado de Especialidad en Medicina Familiar y General de la FAMFyG estará sujeto a la reglamentación vigente.